Entrada en vigor de Verifactu: fechas y plazos clave en 2025 y 2026

Entrada en vigor de Verifactu. Plazos de entrada en vigor en 2025 y 2026 y fechas clave. Aclaramos dudas sobre plazos y fechas, aplazamientos y anuncios.

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Verifacti

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20 feb 2025

Fechas clave de entrada en vigor de Verifactu

A diferencia de otros sistemas similares en otras regiones, Verifactu se caracteriza por extender la obligatoriedad de este sistema más allá de los obligados tributarios. Bajo Verifactu, además de los contribuyentes, hay entidades que deben cumplir con la normativa incluso antes que los propios obligados fiscales: los softwares informáticos de facturación (SIF).

Por ello, a la hora de explicar los plazos de entrada en vigor de Verifactu, hay que distinguir entre los softwares informáticos de facturación, por un lado, y los obligados tributarios, por otro.

A continuación, compartimos los plazos clave de entrada en vigor de Verifactu:

Interpretación de los diferentes plazos y fechas

La existencia de un plazo específico para los softwares informáticos de facturación, anterior al de los obligados tributarios (personas jurídicas y autónomos), va a generar un periodo de transición durante el cual muchos usuarios de esos softwares de facturación podrán elegir usar Verifactu sin estar todavía obligados.

Entre el 29 de julio de 2025, fecha en la cual Verifactu es obligatorio para los softwares informáticos de facturación, y 2026, año en el que entra en vigor Verifactu para los contribuyentes, serán los softwares informáticos de facturación los que decidan entre las siguientes dos opciones:

  1. Podrán ofrecer Verifactu de manera opcional a sus usuarios. En estos casos, el usuario podrá activar Verifactu voluntariamente en el software de facturación.
  2. Podrán decidir que todas las facturas emitidas desde su software sean acordes a Verifactu, incluso aunque todavía no sea obligatorio para el emisor de facturas. En estos casos, las facturas llevarán el QR incluso antes de que sea obligatorio.

Una vez se alcance el plazo en el que Verifactu sea de obligado cumplimiento para los contribuyentes, los softwares informáticos de facturación deberán asegurarse de que todas las facturas emitidas desde dichos SIF cumplan con Verifactu. Es decir, a partir del 1 de enero de 2026 para personas jurídicas, y del 1 de julio de 2026 para los autónomos, Verifactu ya no será una funcionalidad opcional en el software de facturación, sino que será una funcionalidad indispensable para emitir facturas.

Confusión respecto a los plazos y aplazamientos

Existe confusión entre los softwares de facturación y los asesores fiscales en torno a cuál es la fecha real de entrada en vigor de Verifactu. Es frecuente encontrar responsables de softwares informáticos de facturación (SIF) que afirman que la obligatoriedad se ha retrasado a 2026. Del mismo modo, también es frecuente encontrar profesionales de sociedades limitadas que asumen que deben cumplir con Verifactu en julio de 2025. Tanto unos como otros están equivocados, y esto se debe a la confusión existente en torno a las fechas de entrada en vigor de Verifactu.

El denominado Reglamento Verifactu, con el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, establece en su Disposición final cuarta ("Entrada en vigor y efectos") la fecha 1 de julio de 2025 como fecha de entrada en vigor de Verifactu para los contribuyentes. También explica que la fecha de obligatoriedad para los softwares informáticos de facturación (SIF) será nueve meses después de la publicación de la Orden Ministerial destinada a aclarar los requisitos técnicos de Verifactu. En diciembre de 2023, fecha del Real Decreto, dicha Orden Ministerial estaba pendiente de redacción y publicación en el BOE.

La Orden Ministerial se publicó finalmente el lunes 28 de octubre de 2024 (Orden HAC/1177/2024). Sumando nueve meses a la fecha de publicación, se obtiene la fecha clave de 29 de julio de 2025 como fecha definitiva para la entrada en vigor de Verifactu para los softwares informáticos de facturación.

Una vez establecida esta fecha para los SIF, la anterior fecha de 1 de julio de 2025 para los contribuyentes carece de sentido, ya que la expectativa de la Agencia Tributaria es que el cumplimiento de los contribuyentes se produzca en gran medida gracias a la adecuación de los softwares de facturación. Dicho de otro modo, la fecha de entrada en vigor para personas jurídicas y autónomos debe ser posterior al plazo de los SIF. Es por ello que el plazo para los obligados tributarios se ha retrasado hasta 2026.

Posibles cambios de fechas futuros y ritmo de adopción

A la hora de predecir las fechas definitivas de entrada en vigor y anticipar posibles futuras ampliaciones de plazo, cabe destacar la experiencia vivida en las haciendas forales con el sistema TicketBAI. En este sistema, similar en muchos aspectos al de Verifactu, se produjeron retrasos notables en el calendario de implementación desde las fechas inicialmente planteadas hasta los plazos que finalmente se impusieron.

Otro dato relevante para predecir la adopción de Verifactu es el papel esencial que jugaron en las haciendas forales los incentivos fiscales para premiar una adopción temprana. Fueron muchos los contribuyentes que, buscando acogerse a distintos beneficios fiscales, se adecuaron a la nueva normativa antes del plazo obligatorio. Es previsible que algo similar suceda en la adopción de Verifactu.

Consecuencias del plazo de entrada en vigor de Verifactu para los softwares informáticos de facturación

Si eres un software de facturación, un ERP o cualquier tipo de software que ofrezca funcionalidad para que tus usuarios emitan facturas, debes saber que, para el 29 de julio de 2025, tus usuarios deben tener la posibilidad de incluir el famoso QR Verifactu en las facturas que emitan.

Esto no quiere decir necesariamente que debas poner el QR en todas las facturas de todos los usuarios. Sin embargo, sí debes estar preparado para ofrecer esta funcionalidad a quien la solicite.

Las sanciones por incumplimiento para los softwares informáticos de facturación son muy cuantiosas. Por ello, debes anticiparte y buscar la manera de cumplir con Verifactu antes de la fecha obligatoria del 29 de julio de 2025. Para ello, tienes dos opciones:

  1. Integrarte directamente con la API de la Administración de la Agencia Tributaria, un desarrollo complejo que requerirá muchas horas de trabajo y posterior mantenimiento.
  2. Optar por utilizar una API como la de Verifacti, pensada para softwares informáticos de facturación y ERPs que buscan una adecuación sencilla, rápida y económica.

Efectos de la entrada en vigor de Verifactu para personas jurídicas y autónomos

Si eres un contribuyente, el plazo clave para ti será 2026. Ese año, deberás asegurarte de que las facturas que emitas cumplan con el sistema Verifactu.

En muchos casos, el cumplimiento se producirá de manera natural y sin esfuerzo alguno por parte del contribuyente. Esto será así en aquellos casos en los que el obligado tributario use un software informático de facturación que, por obligación legal, garantizará el cumplimiento para ese usuario.

En otros casos, sin embargo, el contribuyente deberá realizar un esfuerzo para cumplir con los plazos obligatorios durante 2026. Un buen ejemplo sería el de empresas con un software customizado propio. Las empresas en esta situación deberán asegurarse de que su software se integra correctamente con Verifactu, realizando los desarrollos y cambios necesarios al mismo.

Para aquellos contribuyentes que requieran un esfuerzo de desarrollo antes del cumplimiento del plazo obligatorio en 2026, existen dos opciones:

  1. Integración directa con la API de la Administración.
  2. Integración con una API como la de Verifacti.

Plazos de desarrollo para llegar con tiempo suficiente al momento de entrada en vigor de Verifactu

Los desarrolladores que enfrenten el reto de integrar su software con Verifactu antes de la fecha obligatoria en 2025 o 2026 deben tener en cuenta los siguientes plazos:

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“No dejes para mañana lo que puedes hacer hoy.”

Benjamin Franklin

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