Conoce todo sobre el código QR Verifactu, su obligatoriedad en las facturas, sus implicaciones, su composición y mucho más.
El sistema Verifactu introduce un cambio significativo en la facturación en España, con la incorporación obligatoria del código QR en todas las facturas emitidas por los Sistemas de Facturación Informáticos (SIF). Esta medida busca mejorar la transparencia y el control fiscal, asegurando que la información de las facturas se registre adecuadamente en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
A lo largo de este artículo, desglosaremos todos los aspectos clave sobre el QR Verifactu, incluyendo su finalidad, ubicación, tamaño y la manera en que impacta a los emisores y receptores de facturas.
El proceso de recepción de facturas bajo el nuevo sistema Verifactu sigue las mismas regulaciones que el sistema tradicional, regido por el Reglamento de Obligaciones de Facturación (Real Decreto 1619/2012). Sin embargo, la incorporación del QR a las facturas trae consigo nuevas funcionalidades:
Desde la entrada en vigor del Real Decreto 1007/2023, todas las facturas generadas mediante un SIF deben incluir el código QR, independientemente de si se trata de un sistema VERI*FACTU o de otro tipo de emisión de facturas.
El QR en las facturas no se emplea para enviar la factura a la AEAT, sino para:
Cuando una factura es electrónica, hay dos escenarios posibles:
El código QR solo es obligatorio en facturas, por lo que no se debe incluir en albaranes ni en notas de entrega. Esto aplica tanto a transacciones entre empresas (B2B) como a transacciones con consumidores finales (B2C).
No es obligatorio imprimir una factura en papel si se utiliza facturación electrónica. Sin embargo, si se imprime o se genera una imagen digital (como un PDF), el QR debe estar visible.
En cambio, para las facturas electrónicas estructuradas, no se necesita la imagen del QR, sino solo la información contenida en él.
El escaneo del QR se puede hacer desde cualquier dispositivo con cámara y acceso a internet. La AEAT recomienda utilizar su aplicación oficial para garantizar la autenticidad del código y evitar fraudes.
El QR debe ubicarse al principio de la factura, preferentemente en:
Esta disposición está alineada con la Ley General Tributaria (artículo 29.2.j), promoviendo la transparencia y el control fiscal.
Para garantizar la legibilidad del código QR en cualquier factura, su tamaño debe estar entre:
Este rango asegura que el QR pueda ser escaneado correctamente por cualquier dispositivo.
La implementación del QR en las facturas trae consigo varias ventajas:
“No dejes para mañana lo que puedes hacer hoy.”
Benjamin Franklin
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