Descubre qué es Verifactu, las nuevas obligaciones para sistemas informáticos de facturación (SIF) en España, requisitos esenciales, plazos de cumplimiento, sanciones por incumplimiento y cómo adaptarse a esta normativa tributaria.
El Real Decreto 1007/2023 establece el marco regulador de los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF), más conocido como Reglamento Verifactu. Su propósito es estandarizar la generación, conservación y trazabilidad de los registros de facturación en el ámbito empresarial, garantizando su integridad, seguridad y accesibilidad en conformidad con la normativa tributaria vigente en España.
Aunque la Ley del IVA (Ley 37/1992) y el Reglamento de Obligaciones de Facturación (Real Decreto 1619/2012) siguen siendo el fundamento legal de la facturación, Verifactu introduce modificaciones clave:
El sistema de facturación debe cumplir con los siguientes principios esenciales:
El reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación (SIF) será de obligado cumplimiento en distintas fechas, dependiendo del colectivo afectado:
Empresarios y profesionales que emitan facturas: deberán tener operativos sus sistemas informáticos de facturación adaptados a los requisitos del reglamento antes del 1 de julio de 2025.
Productores y comercializadores de SIF: deberán garantizar que sus productos cumplen con el reglamento en un plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial que desarrolle las especificaciones técnicas.
Los obligados que dispongan de sistemas adaptados antes de los plazos establecidos podrán comenzar a utilizarlos. Además, la Agencia Tributaria dispondrá de medios para facilitar la remisión de registros de facturación de los SIF «VERI*FACTU» antes de la fecha límite.
El reglamento distingue entre dos tipos de registros fundamentales:
Estos registros incluyen medidas de seguridad avanzadas, como el uso de códigos Hash, que garantizan la vinculación secuencial entre registros, evitando manipulaciones no registradas.
Sí. Aunque Verifactu regula la digitalización de registros, las facturas pueden seguir emitiéndose tanto en papel como en formato electrónico estructurado, siempre que los registros cumplan con los requisitos técnicos establecidos.
Las empresas pueden cumplir con la normativa mediante dos opciones principales:
Además, la Agencia Tributaria ha desarrollado un formulario en su sede electrónica para que pequeños contribuyentes sin software de facturación puedan generar facturas adaptadas a Verifactu.
Desde la implementación de Verifactu, todas las facturas emitidas, tanto completas como simplificadas, deben incluir un código QR con los siguientes elementos:
Para garantizar la fiabilidad del cotejo, la Agencia Tributaria recomienda utilizar su APP oficial para la validación de facturas.
Para facilitar la implementación de Verifactu, la Agencia Tributaria proporciona los siguientes servicios:
La normativa de Verifactu establece un marco de cumplimiento amplio y preciso, aplicable a diversos sujetos tributarios y operaciones económicas en el territorio español. De acuerdo con el Real Decreto 1007/2023, están obligados a cumplir con esta normativa los empresarios individuales y sociedades, así como las entidades sin personalidad jurídica, que tributen bajo el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por actividades económicas, el Impuesto sobre Sociedades o el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, siempre que operen mediante un establecimiento permanente en España. Esta regulación se aplica a aquellos contribuyentes con domicilio fiscal en el régimen común español, excluyendo a los residentes en el País Vasco y Navarra, que tienen normativas fiscales diferenciadas.
Todos los sujetos obligados deben garantizar que sus sistemas de facturación estén alineados con los requisitos de Verifactu, asegurando la emisión de facturas (ya sean completas o simplificadas) conforme a los estándares exigidos. El objetivo principal es mejorar la transparencia fiscal, facilitar la trazabilidad de las operaciones comerciales y prevenir el fraude mediante registros inalterables y verificables por la Agencia Tributaria.
El artículo 201 bis de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT), establece dos tipos de sanciones consideradas graves:
Sanciones a la fabricación, producción y comercialización de sistemas informáticos no conformes:
Sanciones a la tenencia de sistemas informáticos no conformes:
No todos los contribuyentes están obligados a cumplir con Verifactu. Existen ciertos supuestos que quedan exentos de esta regulación:
El cumplimiento de la normativa puede realizarse a través de dos modalidades claramente diferenciadas:
Verifactu: En esta modalidad, los registros de facturación deben transmitirse a la Agencia Tributaria en tiempo real, lo que garantiza su inmutabilidad y correcta conservación. Como medida adicional de seguridad, las facturas generadas incluyen un código QR que permite a los clientes verificar su autenticidad directamente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Este sistema está diseñado para ofrecer un alto grado de transparencia y reducir la posibilidad de manipulaciones fraudulentas.
No Verifactu: A diferencia de la opción anterior, esta modalidad no requiere el envío inmediato de los registros de facturación a la Agencia Tributaria. No obstante, exige mayores requisitos de seguridad, como la firma electrónica del sistema emisor y la gestión de un "Registro de Eventos" que documente todas las interacciones del sistema. Aunque las facturas también incluyen un código QR, no pueden ser verificadas en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Cada empresa puede elegir la modalidad que mejor se adapte a sus necesidades operativas, siempre y cuando garantice el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa.
El registro informático de facturación en Verifactu no equivale a una factura electrónica, pero debe contener ciertos elementos esenciales para garantizar su validez y trazabilidad:
Estos requisitos garantizan que cada factura cumpla con los principios de integridad, autenticidad y trazabilidad exigidos por la Agencia Tributaria, minimizando los riesgos de fraude y errores contables.
Uno de los pilares fundamentales de Verifactu es la certificación de los sistemas informáticos de facturación. Los proveedores de software deben emitir una declaración responsable en la que certifiquen que sus sistemas cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29.2.j) de la Ley General Tributaria (LGT) y en el Real Decreto 1007/2023.
La certificación debe contener información detallada sobre:
Un aspecto clave es que los contribuyentes que utilizan un software de facturación debidamente certificado no serán responsables de fallos técnicos o incumplimientos derivados del sistema. Esta responsabilidad recae exclusivamente en el proveedor del software, conforme a lo dispuesto en el artículo 201 bis de la LGT.
“No dejes para mañana lo que puedes hacer hoy.”
Benjamin Franklin
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